Los cuatro partidos impideiron con sus votos que el Código Penal incluyese un nuevo artículo, el 2 bis, con el texto siguiente: “Lo dispuesto en los dos artículos precedentes no impedirá el juicio ni la condena de actos u omisiones que, en el momento de su comisión, constituían, según el derecho reconocido por las naciones que conforman la comunidad internacional, los delitos señalados en los capítulos II, II bis, III y IV, del Título XXIV del Libro II de este Código Penal” , tal como pedían los familiares de los represaliados y varios grupos parlamentarios, a partir de una inicitiva de las CUP.
“Esta proposición de ley pretende establecer una excepción al principio de retroactividad de las leyes penales”, dijo el representante del PSOE.