La organización de consumidores FACUA Cádiz ha interpuesto una denuncia contra la empresa Concert Tour Gestiones SL debido a la imposición de cláusulas abusivas dirigidas a los asistentes al Concert Music Festival (CMF), que tiene lugar en Chiclana de la Frontera entre el 30 de junio y el 19 de agosto de 2023. La asociación ha señalado que la prohibición de ingresar con comida y bebida externa al recinto es una medida que vulnera los derechos de los consumidores.
La denuncia fue presentada tanto ante el servicio de consumo de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía como al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera. El objetivo de FACUA Cádiz es salvaguardar los derechos de los asistentes ante posibles infracciones que se estarían cometiendo durante este evento, que cuenta con el respaldo del propio ayuntamiento chiclanero, así como de la Diputación de Cádiz y la Junta de Andalucía, a través de la cual recibe Fondos Europeos.
La asociación recuerda el derecho de los consumidores a ingresar con sus propias comidas y bebidas, y destaca que la prohibición en cuestión no es necesaria para la realización adecuada de la actividad comercializada. En este sentido, insta a las autoridades municipales y autonómicas a llevar a cabo una investigación de los hechos denunciados y a iniciar un procedimiento sancionador contra la empresa promotora del Concert Music Festival.
La propia página web del evento presenta una sección en la que se establece la política relacionada con el acceso a comida y bebida. FACUA Cádiz destaca que, según el sitio, se prohíbe el ingreso con comidas y bebidas externas, salvo excepciones como agua en envases de plástico sin tapón y de capacidad no superior a 50cl. Las bebidas alcohólicas y los envases de cristal están totalmente prohibidos. En cuanto a la comida, se permite el acceso con alimentos justificados por casos de alergias, intolerancias o para bebés.
La asociación advierte que, en caso de que la empresa no rectifique, podría incurrir en una infracción grave de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que aborda las infracciones graves en el ámbito de los espectáculos públicos. Según la normativa, una de las infracciones graves es “la utilización de las condiciones de admisión de forma discriminatoria, arbitraria o con infracción de las disposiciones que lo regulan, por parte de los titulares o empleados de los establecimientos destinados a espectáculos públicos o actividades recreativas”.
Desde el punto de vista legal, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 establece que se consideran cláusulas abusivas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y prácticas no expresamente consentidas que, en contra de la buena fe, generen un desequilibrio sustancial entre los derechos y obligaciones de las partes que surgen del contrato. En este caso, FACUA Cádiz subraya que la prohibición de ingreso con comida y bebida externa podría constituir una cláusula abusiva al afectar los derechos básicos de los consumidores.
La organización hace un llamamiento a los consumidores que puedan estar afectados por estas restricciones en el acceso a espectáculos para que se acerquen a FACUA Cádiz, con el objetivo de recibir información y evaluar posibles acciones para asegurar el cumplimiento de la normativa tanto a nivel andaluz como estatal.